Derecho laboral Colombiano
Es el conjunto de acciones, normas y principios que regulan de una manera directa o indirecta la relación laboral.
Ramas
CONCEPTO
- Derecho individual del trabajo
- Derecho colectivo del trabajo
- Derecho de la seguridad social
- Derecho procesal laboral
- Derecho laboral administrativo
- Derecho laboral internacional
- Derecho cooperativo y sociedades mutuales
CONCEPTO
Los principios son aquellas normas que regulan la relación laboral para que todo se realiza de la mejor manera posible, no solo beneficiando al empleador sino tambien al trabajador.
A continuación se presentarán breves conceptos de cada uno de los principios fundamentales presentados en los documentos tratados en clase.
A continuación se presentarán breves conceptos de cada uno de los principios fundamentales presentados en los documentos tratados en clase.
1. PRINCIPIO DE LIBERTAD DE TRABAJO
Se le permite a cada persona elegir la profesión y actividad laboral que mas sea de su interes.
Se le permite a cada persona elegir la profesión y actividad laboral que mas sea de su interes.
2. PRINCIPIO DE OBLIGATORIEDAD DEL TRABAJO
Se le garantiza a cada persona el tener la oportunidad de aportar a la sociedad y a si mismo mediante el trabajo.
Se le garantiza a cada persona el tener la oportunidad de aportar a la sociedad y a si mismo mediante el trabajo.
3. PRINCIPIO DE PROTECCIÓN DEL TRABAJO
El estado ofrece a cada trabajador protección a sus derechos desde el momento en el que se inicie la relación laboral.
El estado ofrece a cada trabajador protección a sus derechos desde el momento en el que se inicie la relación laboral.
4. PRINCIPIO DE IGUALDAD DE DERECHOS
Se le garantiza a cada trabajador que será tratado con las mis normas y garantias que se le ofrecen a los demás, sin excepción alguna de preferencias.
Se le garantiza a cada trabajador que será tratado con las mis normas y garantias que se le ofrecen a los demás, sin excepción alguna de preferencias.
5. PRINCIPIO DE PRIMACIA DE LA REALIDAD
Se Toma ante cualquier situación de diferencias o discordias lo que verdaderamente sucede, es decir se toma la verdad ante lo que ambas partes puedan aportar.
Se Toma ante cualquier situación de diferencias o discordias lo que verdaderamente sucede, es decir se toma la verdad ante lo que ambas partes puedan aportar.
6. PRINCIPIO DE ESTABILIDAD
Es derecho del trabajador brindarle equilibrio desde el momento que se inicia el vinculo laboral, garantizandole que no podrá ser despedido sin justa causa o en caso de serlo se le reconocerá mediante una indeminización.
Es derecho del trabajador brindarle equilibrio desde el momento que se inicia el vinculo laboral, garantizandole que no podrá ser despedido sin justa causa o en caso de serlo se le reconocerá mediante una indeminización.
7. PRINCIPIO DE FAVORABILIDAD
En caso de presentarse un conflicto o inconveniente se podrá elegir de un conjunto de normas la que mas favorezca al trabajador, teniendo en cuenta que esta debe aplicarse en su totalidad.
8. PRINCIPIO DE IRRENUNCIABILIDAD DE BENEFICIOS MÍNIMOS, Y MÍNIMO DE DERECHOS Y GARANTÍAS.
El trabajador en la relación laboral no puede renunciar a los derechos y garantias que se le otorgan ya que estos por obligación deben de garantizarsele.
En caso de presentarse un conflicto o inconveniente se podrá elegir de un conjunto de normas la que mas favorezca al trabajador, teniendo en cuenta que esta debe aplicarse en su totalidad.
8. PRINCIPIO DE IRRENUNCIABILIDAD DE BENEFICIOS MÍNIMOS, Y MÍNIMO DE DERECHOS Y GARANTÍAS.
El trabajador en la relación laboral no puede renunciar a los derechos y garantias que se le otorgan ya que estos por obligación deben de garantizarsele.
9. LA CAPACITACIÓN, EL ADIESTRAMIENTO, Y EL DESCANSO NECESARIO.
La capacitación es inducir al trabajador adquirir conocimientos y aprendizajes en una labor distinta a la que desempeñara en la organización.
El adiestramiento es ensañar al trabajador como desempeñarse en la labor que realizará.
La capacitación es inducir al trabajador adquirir conocimientos y aprendizajes en una labor distinta a la que desempeñara en la organización.
El adiestramiento es ensañar al trabajador como desempeñarse en la labor que realizará.
10. PROTECCION ESPECIAL A LA MUJER, A LA MATERNIDAD Y LA LACTANCIA.
Se le garantiza a toda mujer protección por parte del estado en el tiempo de embarazo y lactancia.
Se le garantiza a toda mujer protección por parte del estado en el tiempo de embarazo y lactancia.
Origen de la legislación laboral
El 1 de Enero de 1852 se inició con un proceso para dar fin
a la situación que los españoles habían generado en tierras colombianas, con la
creación de algunas leyes sociales que constituyeron los que hoy conocemos como
código sustantivo del trabajo. Algunas de ellas son:
·
Ley 29 de 1905: Pensión de jubilación para
quienes llegaran a los 60 años de edad.
·
Ley 57 de 1915: El estado se hace responsable
sobre los gastos en accidentes de trabajo para trabajadores de construcción.
·
Ley 46 de 1918: Todo lo relacionado con las
habitaciones de los obreros.
·
Ley 78 de 1919: El estado aceptaba la huelga de
los trabajadores pero no la consideraba como un derecho.
·
Ley 96 de 938: Creación del Ministerio de
protección social.
·
Ley 90 de 1946: Seguro social obligatorio.
Cada uno de los decretos y leyes que se expiden durante cada
gobierno en Colombia son producto de la lucha de los trabajadores por mejorar
sus condiciones y quienes todavía se sienten en algunos aspectos en situación
desfavorable. Aunque cabe resaltar que en la última década se introdujeron dos
leyes importantes que apoyan y favorecen al trabajador en cuanto al trabajo a
término fijo, pensión, reintegro, salud, indemnización entre otras más.
El código sustantivo del trabajo es abarcado pro tres grandes
aspectos que son derecho individual al trabajo, derecho colectivo del trabajo y
el sistema de seguridad social integral. Los cuales abarcan la importancia de
ser responsable y respetar los derechos ante una relación laboral ya sea por parte de
empleador o trabajador según el caso y la seguridad social como servicio
público, y derecho irrenunciable el cual se le debe garantizar al trabajador ya
sea en entidades públicas o privadas.
Cabe aclarar que la legislación laboral es aplicable para
todos los habitantes del territorio colombiano, y que se debe respetar y acatar
cada una de las normas y leyes que en ella están estipuladas.
Servidores públicos: Empelados
públicos o trabajadores oficiales
Los empleados públicos son ejemplos quienes trabajan en los
departamentos, municipios, alcaldías o entidades descentralizadas entre otras;
y los trabajadores oficiales son quienes son vinculados mediante un contrato de
trabajo pero que su actividad es o está encaminada al mantenimiento o cuidado
de las obras publicas ya sea en el departamento o municipio, teniendo en cuenta
que tienen establecida una relación con el estado.
Trabajo: Es toda
actividad que una persona natural realiza ante otra persona ya sea natural o
jurídica de una manera permanente o por tiempo determinado ya sea material o
intelectual.
En Colombia toda persona es libre de elegir su profesión u
oficio, la ley lo exige y esto debe de
respetarse siempre y cuando no sea una forma ilegal.
EL CONTRATO LABORAL
El contrato laboral es un acuerdo entre dos partes que son
persona natural y otra persona natural o jurídica, las cuales se les reconoce
como trabajador quien presta el servicio y empleador quien recibe el servicio
prestado.
El contrato laboral está constituido por tres partes que son:
·
La
prestación personal del servicio: Es el individuo quien debe prestar el
servicio.
·
Continuada
subordinación o dependencia: El trabajador recibe y acata órdenes, cumple normas y reglamentos.
·
Salario o
remuneración: Retribución del servicio prestado.
Relación
de trabajo: Se distingue de contrato laboral ya que esta no siempre
contiene los tres elementos de este.
El contrato de trabajo tiene tres modalidades que son:
·
Verbales:
Acuerdo verbal establecido entre empleador y trabajador.
·
Escritos:
Acuerdo escrito en el cual se especifican cada una de las condiciones y
responsabilidades en el puesto, además de derechos del trabajador.
Según el término de duración pueden ser a:
-
Término fijo inferior a un año
-
Término
indefinido
-
De obra
-
Ocasional
o transitorio.
·
Contrato de trabajo realidad: Es aquel
que no se estipula como contrato de trabajo pero que en el momento de realizada
la labor, se verifica que si constituye como tal.
Algunas Obligaciones del empleador
·
Poner a disposición del trabajador instrumentos,
materiales y materias primas.
·
Proporcionar elementos de protección personal
·
Pagar remuneración pactada en contrato laboral
Algunas obligaciones del trabajador
·
Realizar personalmente la labor pactada.
·
No divulgar a terceros información sobre su
trabajo o la organización.
·
Acatar órdenes preventivas de accidentes o
enfermedades laborales
·
Prestar disposición en casos que la empresa lo
solicite.
Como cada
una de las partes tiene unas obligaciones también tienen unas prohibiciones
tales como que el empleador no podrá obligar a trabajadores a comprar
mercancías o víveres, imponer obligaciones de carácter religioso y hacer o
permitir la realización de rifas o juegos. Además como el trabajador no podrá
retirar de la organización material o maquinas, disminuir intencionalmente la
producción del trabajo o utilizar las herramientas y materiales proporcionadas
para trabajar en otros fines.
Periodo de prueba
Es el período en el cual se evalúan y perciben las actitudes
y capacidades del trabajador, y en el que el trabajador decide si la empresa
cumple con sus requerimientos. Debe de estar por escrito y no puede exceder los
60 días y en este se deben de pagar de igual manera prestaciones sociales,
salario y brindar elementos de protección personal.
Suspensión del
contrato
El contrato laboral se puede llegar a suspender siempre y
cuando haya un motivo como casos de terremoto, inundación, incendio, muerte de
empleador y este sea indispensable para continuar con las labores o por cierre
o clausura de la empresa por más de 120 días, siempre y cuando se cumpla con
los requisitos exigidos. En estos casos cesa la obligación de presentarse el
trabajador y del empleador pagar salarios.
Terminación del contrato
-
Muerte del trabajador
-
Mutuo consentimiento
-
Expiración del plazo fijo pactado
-
Terminación de la obra o labor pactada
-
Liquidación o clausura de la empresa
-
No prestación de las labores del trabajador
Acontinuación se definiran algunos términos o temas importantes en el tema de legislación laboral que complementaran lo que hasta el momento se ha tratado.
Tipos de contratos
Termino indefnido: Tanto empleador como trabajador no pactan un tiempo definido.
Termino fijo: Fijo inferior a un año- Fijo entre 1 y 3 años. El preaviso de terminación debe de ser con 30 días de anticipación.
Obra o labor: Tiempo que dura la labor para la que fue contratada.
Jornada ordinaria
Tiempo que se pacte entre ambas partes o en caso de no ser así la maxima legal de 8 horas diarias o 10 horas maximo.
Salario mínimo
Todo trabajador tiene derecho a recibir remuneración por el trabajo realizado para cubrir todas sus necesidades y las de su familia. El valor que se garantiza es el mínimo legal vigente año 2015 $ 64.4350 mensual; y en caso de que el empleador lo desee puede llegar a ser mayor.
Horas extras
Se denomina horas extras aquellas que realiza el trabajador adicionales a las 8 horas diarias, teniendo en cuenta que solo esta permitido que se realicen 2 horas diarias como máximo.
Descanso dominical remunerado
Cuando un trabajador labora todos los días de la semana el empleador debe garantizar un día de descanso remunerado el cual puede ser el día sábado o domingo, teniendo en cuenta que en caso de descansar sabado y trabajar domingo este debe de pagarse con el 75% que se exige legalmente.
De igual forma sucede con los días festivos, en caso de ser laborados debe de pagarse con el recargo correspondiente.
Aportes parafiscales
Todas las empresas deben pertenecer a una caja de compensasión familiar ya que esta le permite al trabajador recibir beneficios tales como subsidio mensual para los hijos, además de oportunidades de prestamos, parques recreativos entre otros.

LEY DE ACOSO LABORAL 1010 DE 2006
Se adoptan medidas para prevenir, corregir y sancionar el acoso laboral y demas hostigamientos en el marco de las relaciones de trabajo.
Acoso laboral: Conducta repetitiva contra una persona dentro del ambito laboral que llega a generar miedo, desmotivación o renuncia al trabajo.
Modalidades
Maltrato laboral:
- Acto de violencia tanto física como verbalmente
- Expresión verbal que afecte la integridad de la persona
- Comportamiento que afecte la autoestima de la persona.
Persecución laboral: Es aquella en la cual se induce al empleado a renunciar a su trabajo debido a alta presión, exceso de trabajo, aumento de jornade laboral.
Discriminación laboral: Tratar al trabajador de una manera diferente ya sea por color, raza, origen.
Inequidad laboral: Asignación de funciones a menosprecio del trabjador.
Desprotección laboral: Encargar al trabajador de tareas o funciones en las cuales no se le garnatize seguridad y proteccipon.
Conductas
- Agresión física
- Amenazas de despido sin justa causa
- Humillación al trabajador en frente de los demás trabajadores
- Burla sobre apariencia física del trabajador
- Asignacion de funciones ajenas a las del trabajador.
- Horarios excesivos, cambios de turnos o jornada, trabajo en días festivos sin justa causa.
- No otorgar permisos
Procedimiento denuncia
La denuncia deberá presentarse por escrito detallando los hechos exactos y anexando pruebas.
En el momento de ser recibida la denuncia por la autoridad, esta se encargara de llevar procedimiento correctivo y de mejora entre ambas partes.
Algunas de las actividades que pueden utilizar las organizaciones como medida preventiva o correctiva de situaciones de acoso laboral o similares son:
- Informar a todos los trabajadores sobre la ley 1010 de 2006
- Generar periodicamente espacios de dialogo entre los mismos
- Examinar conductas que puedan inferir en este caso
- Capacitar y concientizar sobre las actitudes.
Termino fijo: Fijo inferior a un año- Fijo entre 1 y 3 años. El preaviso de terminación debe de ser con 30 días de anticipación.
Obra o labor: Tiempo que dura la labor para la que fue contratada.
Jornada ordinaria
Tiempo que se pacte entre ambas partes o en caso de no ser así la maxima legal de 8 horas diarias o 10 horas maximo.
Salario mínimo
Todo trabajador tiene derecho a recibir remuneración por el trabajo realizado para cubrir todas sus necesidades y las de su familia. El valor que se garantiza es el mínimo legal vigente año 2015 $ 64.4350 mensual; y en caso de que el empleador lo desee puede llegar a ser mayor.
Horas extras
Se denomina horas extras aquellas que realiza el trabajador adicionales a las 8 horas diarias, teniendo en cuenta que solo esta permitido que se realicen 2 horas diarias como máximo.
Descanso dominical remunerado
Cuando un trabajador labora todos los días de la semana el empleador debe garantizar un día de descanso remunerado el cual puede ser el día sábado o domingo, teniendo en cuenta que en caso de descansar sabado y trabajar domingo este debe de pagarse con el 75% que se exige legalmente.
De igual forma sucede con los días festivos, en caso de ser laborados debe de pagarse con el recargo correspondiente.
Aportes parafiscales
Todas las empresas deben pertenecer a una caja de compensasión familiar ya que esta le permite al trabajador recibir beneficios tales como subsidio mensual para los hijos, además de oportunidades de prestamos, parques recreativos entre otros.
LEY DE ACOSO LABORAL 1010 DE 2006
Se adoptan medidas para prevenir, corregir y sancionar el acoso laboral y demas hostigamientos en el marco de las relaciones de trabajo.
Acoso laboral: Conducta repetitiva contra una persona dentro del ambito laboral que llega a generar miedo, desmotivación o renuncia al trabajo.
Modalidades
Maltrato laboral:
- Acto de violencia tanto física como verbalmente
- Expresión verbal que afecte la integridad de la persona
- Comportamiento que afecte la autoestima de la persona.
Persecución laboral: Es aquella en la cual se induce al empleado a renunciar a su trabajo debido a alta presión, exceso de trabajo, aumento de jornade laboral.
Discriminación laboral: Tratar al trabajador de una manera diferente ya sea por color, raza, origen.
Inequidad laboral: Asignación de funciones a menosprecio del trabjador.
Desprotección laboral: Encargar al trabajador de tareas o funciones en las cuales no se le garnatize seguridad y proteccipon.
Conductas
- Agresión física
- Amenazas de despido sin justa causa
- Humillación al trabajador en frente de los demás trabajadores
- Burla sobre apariencia física del trabajador
- Asignacion de funciones ajenas a las del trabajador.
- Horarios excesivos, cambios de turnos o jornada, trabajo en días festivos sin justa causa.
- No otorgar permisos
Procedimiento denuncia
La denuncia deberá presentarse por escrito detallando los hechos exactos y anexando pruebas.
En el momento de ser recibida la denuncia por la autoridad, esta se encargara de llevar procedimiento correctivo y de mejora entre ambas partes.
Algunas de las actividades que pueden utilizar las organizaciones como medida preventiva o correctiva de situaciones de acoso laboral o similares son:
- Informar a todos los trabajadores sobre la ley 1010 de 2006
- Generar periodicamente espacios de dialogo entre los mismos
- Examinar conductas que puedan inferir en este caso
- Capacitar y concientizar sobre las actitudes.
Buen blog, solo faltaria una presentacion general del blog y quitarle el juego de resto excelente.
ResponderEliminarEl blog esta muy bien, me gusta el color y los conceptos son muy claros.
ResponderEliminarEl blog esta muy completo!
ResponderEliminarEsta muy completa la información, te recomendaría cambiar la plantilla por un color mas claro.
ResponderEliminarme gusto la informacion y la definicion corta que le diste a cada principo. muy bien
ResponderEliminarSper buen blog, muy completo =)
ResponderEliminarQue buena plantilla, excelente información.
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